Naturaleza del incidente: | Ordenanza de anfitriones sociales de Thousand Oaks | ||
Ubicación: | Ciudad de Thousand Oaks | ||
Fecha y hora: | 1 de abril de 2022 | ||
Narrativo: | |||
¿QUÉ ES UNA ORDENANZA DE ANFITRIÓN SOCIAL?
En un esfuerzo por combatir el consumo de alcohol por parte de menores de edad, el Ayuntamiento de Thousand Oaks promulgó en 2006 la ley sobre anfitriones sociales. Una Ordenanza sobre Anfitriones Sociales responsabiliza al anfitrión de una reunión donde se permita el consumo de alcohol por parte de menores de edad. Cualquier persona mayor de 18 años que organice una reunión de este tipo estará sujeta a una multa asociada a la ordenanza. Si el anfitrión tiene 17 años o menos, los padres de ese menor serán responsables solidariamente con su hijo adolescente y estarán sujetos a la multa, incluso si no estuvieron presentes ni al tanto de la reunión. ¿POR QUÉ SON NECESARIAS LAS ORDENANZAS DE ANFITRIÓN SOCIAL? Una ordenanza para anfitriones sociales consolida y refuerza el mensaje de que no se tolerará el consumo de alcohol por parte de menores de edad en la ciudad de Thousand Oaks. La ordenanza también disuade a los anfitriones de crear situaciones peligrosas e ilegales con menores y reduce las molestias que las reuniones ruidosas causan a la comunidad. Además, una Ordenanza de Acogida Social:
las fuerzas del orden cuando hay jóvenes sospechosos de consumir bebidas alcohólicas siendo menores de edad o de estar en otras situaciones potencialmente peligrosas o ilegales que involucren a menores.
MULTAS POR REUNIONES DONDE SE PERMITE EL CONSUMO DE ALCOHOL A MENORES DE EDAD: Las sanciones por infringir la ordenanza de anfitriones sociales comienzan en 2500,00 TP por la primera infracción, 3500,00 TP por la segunda y 5000,00 TP por la tercera y subsiguientes. Se podrá permitir a los infractores realizar servicio comunitario en lugar de una sanción económica solo por la primera infracción. Las horas de servicio comunitario se han aumentado a 120 horas en un solo año con una tarifa adicional de 100 TP, según lo estipulado en la Tarifa Municipal de Usuarios (octubre de 2013), para la administración de las horas de servicio comunitario en lugar de la multa por anfitriones sociales. |
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Preparado por: |
Sargento Dillan Álvarez |
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Fecha de comunicado de prensa: | 1 de abril de 2022 | ||
Contacto de seguimiento de medios: | Sargento Dillan Álvarez (805) 208-4650 | ||
Aprobado por: | Capitán Dean Cook |